Los dividendos de una filial se pueden pagar a su matriz cualquier mes del año

Los dividendos de una filial se pueden pagar a su matriz cualquier mes del año

Habitualmente, las sociedades pagan los dividendos al cerrar las cuentas de cada ejercicio, en general en el mes de junio siguiente al ejercicio correspondiente. Sin embargo, esto no es obligatorio. Cualquier sociedad puede acordar el pago para otro momento del año.

Las sociedades pueden repartirse las reservas disponibles en cualquier mes del ejercicio.
También cabe la posibilidad de acordar un reparto de dividendos con cargo a los beneficios del año en curso. Para ello, tan solo será necesario que el administrador de la sociedad elabore un estado contable en el que justifique la existencia de esos beneficios acumulados y, que, además, existe una tesorería suficiente para llevar a cabo dicho reparto.

Onlain Consejo

Desde Onlain recomendamos que, en caso de decidir que el reparto de dividendos no sea al final del ejercicio, se haga en el mes de DICIEMBRE. En el caso de empresas filiales de otra sociedad matriz, es más conveniente hacerlo así por los siguientes motivos:

  1. Aunque los dividendos apenas tributan en la sociedad receptora, deben incluirse a efectos de calcular los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades de las empresas que los reciben.
  2. El mes de diciembre es el único mes del año cuyos resultados no se tienen en cuenta a efectos de calcular los pagos a cuenta (el pago a cuenta del mes de diciembre se calcula, precisamente, sobre el resultado acumulado hasta noviembre).
  3. Los dividendos exigibles en el mes de noviembre se incluyen en el pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de la empresa receptora, por lo que se anticipan fondos a favor de Hacienda. En cambio, si el ingreso por dividendos se devenga en el mes de diciembre, ya no se incluirá en el ingreso a cuenta, con el consiguiente AHORRO FINANCIERO para la sociedad matriz.