Así será la situación legal de los afganos en España

Así será la situación legal de los afganos en España

2200 personas llegaron a Madrid el 27 de agosto tras ser evacuadas desde Kabul en una situación desesperada por el ataque de los talibanes. La mayoría de ellos, a su llegada, manifestaron su intención de pedir asilo y convertirse en REFUGIADOS AFGANOS en España.

¿Con qué trámites se van a encontrar?

El primer paso que deben dar los ciudadanos que soliciten protección internacional es dirigirse a los centros autorizados para hacerlo. Comisarías, aeropuertos o puntos fronterizos son los lugares adecuados para presentar la solicitud. Una vez ubicados en un destino, disponen de 1 MES para formalizar la solicitud de asilo, tal y como se recoge en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del DERECHO DE ASILO Y DE LA PROTECCIÓN SUBSIDIARIA.

¿En qué situación se encuentran los refugiados hasta que se resuelva la solicitud?

Durante ese plazo, los solicitantes de asilo disponen de PERMISO DE RESIDENCIA. En caso de que el tiempo de espera sobrepase los seis meses, se les concede PERMISO DE TRABAJO. Además, durante el tiempo de espera, los refugiados podrán ser acogidos en centros gubernamentales o gestionados por ONGs hasta que se resuelva su situación legal.

¿En qué consiste la PROTECCIÓN INTERNACIONAL?

El artículo 13.4 de la Constitución Española recoge el DERECHO DE ASILO. Cualquier persona puede solicitar protección internacional en España y será concedida a quien sufra una persecución individual por alguno de los motivos previstos en la Ley de derecho de asilo: raza, religión, identidad de género…  Esta protección comprende el ESTATUTO DEL REFUGIADO.

La protección subsidiaria es otorgada a quienes no cumplen los criterios del refugiado pero pueden acreditar que sufren determinadas situaciones de riesgo y el hecho de regresar a su país de origen les supone un peligro.

En caso de que a un ciudadano se le conceda la protección internacional, supone el reconocimiento de diversos derechos. Según se estableció en la CONVENCIÓN DE GINEBRA, dichas personas contarán con autorización de residencia y trabajo, acceso a los servicios públicos de empleo, sanidad, vivienda y educación, entre otros.